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Decreto 80/2022, de 12 de julio, por el que se establece la ordenación y el currículo de Educación Infantil en CLM

El presente decreto incorpora las intenciones y orientaciones educativas de Castilla-La Mancha en relación con la Educación Infantil, entendida como una etapa educativa única, con identidad propia y organizada en dos ciclos que responden ambos a una misma intencionalidad educativa. Así, se contempla la iniciación del alumnado en una lengua extranjera, incorporación de las tecnologías de la información y la comunicación, desarrollo de la motricidad y de la
expresión musical y visual. Estas intenciones se realizan en un contexto que preserva los principios de igualdad de oportunidades, acceso universal, normalización, inclusión escolar, flexibilidad, integración social interculturalidad y salud, con la garantía de la coordinación entre administraciones. Asimismo, destaca la importancia que tiene, para asegurar el éxito escolar de todo el alumnado, la respuesta temprana a las necesidades específicas de apoyo educativo, la coordinación del segundo ciclo de Educación Infantil con el primero y con el de Educación Primaria, junto con la
estrecha colaboración con las familias.

El currículo sigue manteniendo el enfoque competencial que aparecía ya en el texto original de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, y hace hincapié en el hecho de que la formación integral del alumnado debe centrarse en el desarrollo de las competencias. Por este motivo, para cada una de las áreas se definen las competencias específicas previstas para la etapa, así como los criterios de evaluación y los contenidos, enunciados en forma de saberes básicos para cada ciclo. Con carácter meramente orientativo y con el fin de facilitar al profesorado su propia práctica, se propone una definición
de situación de aprendizaje y se establecen orientaciones para su diseño.

El currículo, la organización y los objetivos de Educación Infantil definidos en este decreto se implantarán en el año
académico 2022-2023.

Última modificación: 24/04/2024 - 18:09

Decreto 81/2022, de 12 de julio, por el que se establece la ordenación y el currículo de Educación Primaria en CLM

El objeto de este decreto es establecer el currículo de la Educación Primaria, así como determinar la responsabilidad de los centros docentes en su desarrollo específico para cada uno de los cursos, en el ejercicio de su autonomía pedagógica. Para ello incorpora las intenciones educativas de Castilla-La Mancha, en relación con esta etapa, para que el alumnado alcance la competencia suficiente en el desarrollo de sus capacidades, entre las que se contempla afianzar su desarrollo personal y su propio bienestar.

La estructura de la Educación Primaria, con la nueva redacción de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, se ve modificada significativamente en su ordenación y organización, ya que se recuperan los tres ciclos anteriormente existentes, reordenando las áreas con objeto de favorecer el desarrollo de las competencias del alumnado y permitiendo su organización en ámbitos. En el tercer ciclo, se añade un área de Educación en Valores Cívicos y Éticos, que ha
sido completada por la consejería competente en materia de educación de Castilla-La Mancha, en cumplimiento de la disposición final quinta de la Ley 4/2018, de 8 de octubre, para una Sociedad Libre de Violencia de Género en Castilla-La Mancha, incorporando competencias específicas, criterios de evaluación y saberes básicos para unificar el área desarrollada anteriormente en la Comunidad y la nueva propuesta en el Real Decreto 157/2022, de 1 de
marzo.

El currículo, la organización y los objetivos de Educación Primaria definidos en este decreto se implantarán para los cursos primero, tercero y quinto en el año académico 2022-2023 y para los cursos segundo, cuarto y sexto en el 2023-2024.

Última modificación: 24/04/2024 - 18:06

Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento (última actualización 2022-23)

Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento del centro para el curso 2022-23. Cuando alguna norma entre en contradicción con las instrucciones del centro, prevalecerá aquella de fecha más reciente.

Última modificación: 24/04/2024 - 17:56

Orden 184/2022 por la que se regula la evaluación en la etapa de Educación Infantil en CLM

El profesorado en Educación Infantil se convierte, de esta forma, en eje fundamental, pues debe ser capaz de crear en el aula un ambiente que invite a investigar, a aprender, a realizar tareas o situaciones de aprendizaje que posibiliten la resolución de problemas, la aplicación de los conocimientos aprendidos y la promoción de la actividad de los niños y niñas. El papel del docente es ser guía o acompañante del alumnado, dejando de ser el protagonista del aprendizaje, para pasar a ser mediador entre el alumnado y el aprendizaje.

Se mantiene, no obstante, el carácter de la evaluación, y, por tanto, debe entenderse como un proceso continuo, sistemático y con valor formativo, que al final de la etapa informará sobre, el grado de adquisición de las competencias correspondientes conseguidas por cada niño o niña.

Esta orden también ajusta la evaluación tanto a los principios de inclusión de la totalidad del alumnado, como a los de normalización, cooperación, equidad y calidad. El reconocimiento a la diversidad es el primer paso hacia el desarrollo de una estructura educativa que facilite el desarrollo personal y emocional del alumnado. Por ello, esta orden detalla cómo la evaluación contempla la diversidad del alumnado, respetando los principios del Diseño Universal para el Aprendizaje.

Última modificación: 24/04/2024 - 19:56

Orden 185/2022 por la que se regula la evaluación en la etapa de Educación Primaria en CLM

El profesorado en Educación Primaria se convierte, de esta forma, en eje fundamental, pues debe ser capaz de crear en el aula un ambiente que invite a investigar, a aprender y a realizar tareas o situaciones de aprendizaje que posibiliten la resolución de problemas, la aplicación de los conocimientos aprendidos y la promoción de la actividad de los estudiantes. El papel del docente es ser guía o acompañante del alumnado, dejando de ser el protagonista de la enseñanza, para pasar a ser mediador entre el alumnado y el ambiente.

Se mantiene, no obstante, el carácter de la evaluación y, por tanto, debe entenderse como un proceso continuo, sistemático y con valor formativo. No se trata de limitarse a medir los resultados, sino de acompañar la evolución del alumnado mediante el uso de las herramientas e instrumentos de evaluación. Al final de la etapa, se medirá el grado de adquisición de las competencias correspondientes que un alumno o alumna ha conseguido.

Esta orden también ajusta la evaluación tanto a los principios de inclusión de la totalidad del alumnado como a los de normalización, cooperación, equidad y calidad. El reconocimiento de la diversidad es el primer paso hacia el desarrollo de una estructura educativa que facilite el desarrollo personal y emocional del alumnado. Por ello, esta orden detalla cómo la evaluación contempla la diversidad del alumnado, respetando los principios del Diseño
Universal para el Aprendizaje.

Última modificación: 24/04/2024 - 19:58

Plan de Evacuación 2023-24

En base a las instrucciones de la Consejería de Educación y Ciencia, la instrucción “2. Instrucción sobre el plan de autoprotección y el simulacro de evacuación”, 2.3.2. Realización anual de un simulacro de evacuación”, dice:

  1. Periodicidad y obligatoriedad. Se deberá realizar un simulacro de evacuación al menos una vez al año durante el primer trimestre.
  2. Preparación. Con antelación suficiente al día del simulacro, el claustro se reunirá para preparar el simulacro según lo previsto en el Plan de Emergencia, debiendo quedar claros los puntos y pasos necesarios para el desarrollo completo y normal de la simulación.
  3. Información. Con antelación suficiente, se informará de la realización del simulacro a toda la comunidad educativa a fin de evitar alarmas innecesarias, pero sin indicar el día y la ahora para garantizar su efectividad. De manera específica, se dará al alumnado las indicaciones necesarias previstas en el Plan de Emergencia.
Última modificación: 24/04/2024 - 17:57

Plan de Igualdad y Convivencia 2022-23

En aplicación tanto de lo establecido en la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de Protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, como del II plan estratégico para la igualdad de hombres u mujeres en Castilla-La Mancha; al inicio del curso 2022/2023, los centros educativos elaborarán y aprobarán un plan de igualdad y convivencia. Este plan incluirá el diagnóstico, los objetivos, las líneas de actuación y su evaluación. Se adjunta, en el Anexo I de esta resolución, una guía orientativa para su elaboración. En relación a la aprobación del plan de igualdad y convivencia se estará a los plazos establecidos para el resto de documentos de centro, incluido el periodo excepcional de adendas que se ha previsto al inicio de estas Instrucciones para el curso 2022/2023.

Todos los centros elaborarán unas Normas de organización, funcionamiento y convivencia que, entre otros contenidos, desarrollará un Plan de igualdad y convivencia entre cuyas actividades se incluirá la adquisición de habilidades, sensibilización y formación de la comunidad educativa, promoción del buen trato y resolución pacífica de conflictos.

Última modificación: 21/04/2023 - 10:48

Plan Digital de Centro 2023-24

El Plan Digital de Centro es un documento donde se planifica el desarrollo de los centros educativos para hacerlos digitalmente competentes. Se entiende como un instrumento compartido por toda la comunidad educativa que favorece e impulsa el uso de los medios digitales en los procesos tanto de enseñanza aprendizaje como de gestión del centro que da coherencia y guía el uso de las tecnologías. Además, debe tener un enfoque coordinador de los recursos pedagógicos digitales disponibles, para el mejor aprovechamiento de sus posibilidades.

Última modificación: 23/04/2024 - 12:52

Programación General Anual 2023-24

1. La Programación general anual es el documento que concreta para cada curso escolar el Proyecto Educativo y garantiza el desarrollo coordinado de todas las actividades educativas del centro docente.

2. La elaboración de este documento debe adecuarse a las exigencias de rigor, sencillez y utilidad y debe facilitar el desarrollo coordinado de todas las actividades educativas, el correcto ejercicio de las competencias de los diferentes órganos de gobierno y de coordinación docente y la participación de todos los sectores de la comunidad educativa según los principios de coeducación.

3. La Programación general anual será elaborada por el Equipo directivo con la participación del profesorado a través del claustro de profesorado, recogerá las aportaciones de los restantes componentes de la comunidad educativa, y será aprobada por mayoría de dos tercios de los miembros con derecho a voto del Consejo escolar, sin perjuicio de las competencias del Claustro en relación con la planificación y organización docente.

4. La aprobación de este documento será anterior al 31 de octubre del año en curso. De tal aprobación se le dará conocimiento a la Delegación provincial competente en materia de educación. A tal fin se dispondrá un ejemplar de la Programación general anual tanto en la Secretaría del centro como en los canales de difusión de información y se grabará una copia junto con la certificación de su aprobación por el Consejo escolar en la plataforma habilitada
con la Administración.

5. Además, se enviará a la Delegación provincial competente en materia de educación correspondiente antes del 31 de octubre del año en curso, preferentemente por medios telemáticos siguiendo las fórmulas de registro documental establecidas y con la certificación de su aprobación por el Consejo escolar. En caso de que se realicen modificaciones de la Programación general anual durante el curso deberán remitirse igualmente a la Delegación
provincial competente en materia de educación correspondiente.

6. El Equipo directivo garantizará que la Programación general anual esté a disposición de la comunidad educativa para su consulta.

7. El Servicio de Inspección de Educación supervisará la programación general anual para comprobar su adecuación a lo establecido en las disposiciones vigentes, formulará las sugerencias que estime oportunas e indicará las correcciones que procedan.

8. La Programación general anual será de obligado cumplimiento para todos los miembros de la comunidad escolar.

9. Al finalizar las actividades escolares del curso académico, el Consejo escolar, el Claustro y el Equipo directivo evaluarán el grado de cumplimiento de la Programación general anual y los resultados de la evaluación y promoción del alumnado. A tal efecto, el Equipo directivo elaborará una propuesta de memoria para el conocimiento, análisis y valoración del Claustro y del Consejo escolar, que incluirán propuestas de mejora para el curso siguiente. Estas
propuestas de mejora serán tenidas en cuenta por la dirección del centro en la elaboración de la Programación general anual del siguiente curso escolar.

Última modificación: 24/04/2024 - 17:58

Programaciones Didácticas Infantil 2023-24

Programaciones didácticas de las áreas de Educación Infantil 2023-24

Última modificación: 24/04/2024 - 18:01

Programaciones Didácticas Primaria 2023-24

Programaciones didácticas de las áreas de Educación Primaria 2023-24

Última modificación: 24/04/2024 - 18:02

Proyecto Educativo CEIP San Antonio (última actualización 2021-22)

Proyecto Educativo en vigor para el curso 2021-22.

Última modificación: 24/04/2024 - 18:02